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Noticias Argentinas difundió que el Gobierno nacional oficializó una nueva reglamentación del régimen de subsidios al gas mediante el Decreto 1266/2026, publicado este lunes en el Boletín Oficial. La medida redefine el funcionamiento del Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos de Gas y modifica el alcance de los beneficios correspondientes al régimen de Zona Fría.
La normativa reglamenta los cambios establecidos por la Ley 27.828 y mantiene la cobertura para la Región Patagónica, la Puna y el departamento de Malargüe, en Mendoza. Según la información difundida, 3,35 millones de usuarios dejarán de recibir el beneficio automático en distintas zonas del país.
En la provincia de Buenos Aires, la modificación alcanza a 94 municipios, entre ellos Bahía Blanca, Mar del Plata, Tandil, Junín, Necochea, Olavarría, Pergamino, Pilar, Pinamar, San Nicolás, San Pedro, Trenque Lauquen, Tres Arroyos y Villa Gesell.
También quedan excluidos departamentos del centro y sur de Córdoba, como Río Cuarto, Juárez Celman, General Roca, Calamuchita y Santa María. En Santa Fe, los cambios comprenden localidades del sur provincial, entre ellas Rosario, Venado Tuerto y Casilda, mientras que San Luis queda completamente fuera de la zona contemplada por el régimen.
En cuanto al financiamiento, el decreto establece un recargo de hasta el 7,5% sobre el precio del gas natural en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST). El cargo se aplicará sobre los volúmenes consumidos o comercializados por redes y ductos, con excepciones para el gas destinado a exportación y el proveniente de GNL importado y regasificado.
Los productores e importadores deberán discriminar el concepto en sus facturas, mientras que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) tendrá a su cargo la recaudación y fiscalización. Los agentes deberán presentar sus declaraciones juradas dentro de los primeros cinco días de cada mes.
El nuevo régimen también modifica el mecanismo de distribución de los subsidios. Las distribuidoras y subdistribuidoras dejarán de percibir y administrar los fondos, aunque continuarán aplicando las bonificaciones en las facturas de los usuarios y proporcionando la información necesaria para las liquidaciones. Los pagos se realizarán directamente a las empresas proveedoras de gas.
Los recursos del fondo se destinarán a compensaciones por ventas de gas natural y gas licuado de petróleo por redes en las regiones beneficiadas, bonificaciones adicionales bajo el Régimen de Subsidios Energéticos Focalizados y subsidios al gas envasado.
Por otra parte, el decreto dispone la celebración de un nuevo contrato fiduciario entre el Ministerio de Economía y el Banco Nación, sin que ello implique la liquidación del fondo existente. La normativa garantiza su continuidad jurídica, patrimonial y operativa hasta el 31 de diciembre de 2031.
El Banco Nación administrará los recursos sin percibir honorarios, aunque podrá recuperar gastos operativos debidamente justificados. Además, los fondos disponibles podrán invertirse transitoriamente en Letras del Tesoro, instrumentos del Banco Central o plazos fijos en bancos oficiales, con vencimientos de hasta un año.